BAJAS DE TRABAJADORES EN SEGURIDAD SOCIAL

BAJAS DE TRABAJADORES EN SEGURIDAD SOCIAL

Se ha publicado el Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, por el que se modifican diversos reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social para la aplicación y desarrollo de la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, y de otras disposiciones legales que ha entrado en vigor el pasado 26 de julio.

Hacemos mención a dos importantes novedades que son las que vamos a destacar y que se recogen en el artículo primero de los cuatro que se contemplan en la norma:

1.- Las solicitudes de baja y variaciones de datos de afiliación de trabajadores deberán presentarse en el plazo de TRES días naturales, y no SEIS como anteriormente.
2.- En las solicitudes de alta de empresas se deberá informar del código de convenio colectivo que resulte aplicable a los trabajadores

Por tanto las empresas deberán ser más ágiles en la comunicación con su departamento laboral, a fin de informar de estas situaciones con la suficiente antelación, ya que el espíritu de la Administración Pública es ir acortando los plazos como hemos visto, de manera que sea todo mucho más inmediato en la transferencia de información entre empresas y la propia Administración  Pública.

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