El confort térmico en el trabajo: Una prioridad legal y de salud para tu empresa

El confort térmico en el trabajo: Una prioridad legal y de salud para tu empresa

Lograr un ambiente térmico confortable debe ser un objetivo prioritario por sus repercusiones positivas no solo en la productividad, sino sobre todo en la salud, seguridad y grado de satisfacción de los trabajadores. Desde Astersa Asesores, queremos recordarte la importancia de mantener unas condiciones climáticas adecuadas en tu espacio de trabajo y qué dice la normativa al respecto.

¿Qué es un ambiente térmico ideal?

El ambiente térmico favorable es sinónimo del denominado ambiente neutro. Para alcanzarlo se debe equilibrar la producción de calor metabólico con las pérdidas de calor sensible. El objetivo es que el metabolismo del trabajador no tenga que luchar ni contra el frío ni contra el calor. Hay que tener en cuenta que el cuerpo humano requiere mantener en su interior una temperatura constante de unos 37º, lo que se logra mediante mecanismos de termorregulación.

Por ello, la exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. Asimismo, y en la medida de lo posible, estas condiciones no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia. Se deben evitar las temperaturas y humedades extremas, los cambios bruscos, las corrientes de aire molestas y la irradiación excesiva.

Límites legales para oficinas y locales cerrados

Como criterio general, las condiciones termohigrométricas deben ajustarse a lo dispuesto en el Anexo III RD 486/1997, sobre lugares de trabajo. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse las siguientes condiciones:

La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27° C.

La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25° C.

La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70 %.

Excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática, en los que el límite inferior será el 50 %.
La renovación mínima del aire será de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo.

Esta renovación será de 50 metros cúbicos en los casos restantes, a fin de evitar el ambiente viciado y los olores desagradables.

Medidas de control frente al calor y el frío

El control del ambiente térmico adverso o agresivo para el trabajador requiere la adopción de medidas tendentes a crear entornos de trabajo agradables. Estas medidas pueden ser de tres tipos:

Para combatir el calor excesivo:

Técnicas: Instalación de aire acondicionado, ventiladores o cristales opacos.

Organizativas: Programación de los trabajos más duros en horas menos calurosas, rotación de tareas y suministro de agua fresca.

Protección personal: Proporcionar ropa de trabajo ligera y realizar controles médicos preventivos.

Para combatir el frío excesivo:

Técnicas: Utilización de difusores de aire interiores o de pantallas contraviento en el exterior.

Organizativas: Ingestión de líquidos calientes y el establecimiento de procedimientos para recuperar pérdidas de energía calorífica.

Protección personal: Proporcionar vestimenta adecuada para protegerse frente al frío, protegiendo especialmente manos y pies.

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