Campaña de Renta 2022: Información y Novedades

La campaña de la renta 2022 ya ha comenzado y como cada año, los contribuyentes deben presentar la declaración del IRPF para liquidar sus impuestos correspondientes al ejercicio fiscal del año anterior. Este trámite puede ser realizado por internet, por teléfono o de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

El servicio telemático, que es el más utilizado por más del 90% de los contribuyentes, está disponible desde el 11 de abril. Los contribuyentes que elijan esta modalidad pueden solicitar el borrador y confeccionar la declaración a través de la plataforma Renta WEB de la Agencia Tributaria, que se puede acceder desde la página web del organismo o a través de la aplicación para móvil.

Si se opta por realizar la declaración telefónicamente, a partir del 3 de mayo se podrá solicitar una cita previa para confeccionar y presentar la declaración por teléfono, llamando a los números 91 535 73 26 y 901 12 12 24 o al 91 553 00 71 y 901 22 33 44 de lunes a viernes, de 9.00 a 19.00 horas. La cita se fija para una hora determinada, pero es importante tener en cuenta que solo es indicativa.

La opción presencial comenzará a estar disponible el 1 de junio, aunque a partir del día 25 de mayo se podrá solicitar una cita previa por internet o por teléfono en los mismos números mencionados anteriormente. El plazo para solicitar cita previa, tanto telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. La campaña de la renta 2022 finaliza para todos los contribuyentes el 30 de junio.

Es importante recordar que si el resultado de la declaración es a ingresar, el plazo límite para domiciliar el pago es el 27 de junio, tres días antes de que finalice el plazo de la campaña.

La plataforma Renta WEB es la opción más sencilla para realizar la declaración, ya que permite la confección y presentación de la declaración de forma telemática. Para utilizarla, el contribuyente debe identificarse a través de certificado o DNI electrónico, número de referencia o sistema Cl@ve PIN. Una vez identificado, podrá consultar sus datos fiscales y confirmarlos o modificarlos si es necesario.

Es importante revisar los datos que se encuentran en la plataforma, ya que en algunos casos pueden estar desactualizados y contener errores. Por ejemplo, si durante el ejercicio fiscal se ha realizado la venta de una vivienda o se tiene derecho a alguna deducción autonómica, es importante asegurarse de que estos datos queden reflejados en el modelo.

Además, es importante tener en cuenta que no todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la renta. En general, deben presentarla aquellos que hayan percibido ingresos del trabajo superiores a los 22.000 euros durante el ejercicio fiscal, siempre y cuando tuvieran un único pagador o, en caso de tener varios, la suma del segundo y posteriores no supere los 1.500 euros. Si este límite se sobrepasa, el umbral se reduce a 14.000 euros.

 

¿Siempre es obligatorio presentar la declaración?

No. En líneas generales, deben presentar la declaración aquellos contribuyentes que hayan percibido por ingresos del trabajo más de 22.000 euros durante el ejercicio, siempre y cuando tuvieran un único pagador o, en caso de tener varios, la suma del segundo y posteriores no supere los 1.500 euros. Si este límite se sobrepasa, el umbral se reduce a 14.000 euros. En caso de estar en ERTE, hay que considerar que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se considera como un pagador más.

La Agencia Tributaria subraya que se debe analizar el origen de cada renta y su importe para saber si hay que presentar o no la declaración. Además, recuerda que hay casos en los que se exige el modelo 100, aunque no se superen los umbrales antes mencionados. Por ejemplo, ser beneficiario del ingreso mínimo vital (IMV) obliga a presentar la declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos.

 

Principales novedades

Más allá de los aspectos prácticos a la hora de presentar la declaración, hay varios cambios de contenido, aprobados tanto por el Gobierno central como por los Ejecutivos regionales, que se aplican a la campaña 2022-2023.

Otra novedad de la campaña de la renta 2022-2023 es la reducción del límite de la deducción por aportaciones a planes de pensiones individuales de 2.000 a 1.500 euros. Por el contrario, el límite de la deducción por aportaciones a planes de empresa aumenta de 8.000 a 8.500 euros. Es importante tener en cuenta estos cambios a la hora de planificar la declaración de la renta, especialmente si se ha realizado alguna aportación a un plan de pensiones.

También hay cambios en las ayudas por maternidad. Las mujeres con hijos menores de tres años que no estén trabajando podrán acceder a la ayuda por maternidad de 100 euros al mes, antes reservada a las ocupadas. Este cambio es una medida destinada a fomentar la igualdad de género en el ámbito laboral y familiar.

Por último, varias comunidades autónomas han aprobado modificaciones en el tramo autonómico del IRPF para mitigar el efecto de la inflación. Andalucía, Canarias, Castilla y León, Galicia, Madrid, Murcia, Comunidad Valenciana y Aragón son algunas de las regiones que han modificado la tarifa. Estos cambios pueden tener un impacto en la cantidad a pagar o a devolver en la declaración de la renta, por lo que es importante revisar detalladamente los datos fiscales antes de presentarla.

En conclusión, la campaña de la renta 2022-2023 presenta algunas novedades con respecto a la anterior, como la reducción del límite de la deducción por aportaciones a planes de pensiones individuales, la ampliación de la ayuda por maternidad y las modificaciones en el tramo autonómico del IRPF. Es importante tener en cuenta estas novedades y revisar detalladamente los datos fiscales antes de presentar la declaración de la renta para evitar sorpresas no deseadas.

 

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